Cuando facturar una obra con 8% de iva o con el 18% .Tambien cuando hay que sacar licencia de reforma o actuación comunicada?
Sabeis cuando una obra se puede facturar al 8% y cuando al 18%, y tambien cuando haya que sacar licencia de reforma o actuacion comunicada??
¿Qué reforma quieres hacer?
Respuesta
Por lo que nosotros conocemos, todas las obras hay que facturarlas con el 18% de IVA, excepto aquellas que se realizan por necesidad verdadera, es decir, si a alguien se le esta cayendo la casa y lo demuestra, al realizar los trabajos de reforma o rehabilitación, se pueden facturar con el 8%. Las demás obras, las que son por mejora de la estética, eficacia y demás se facturan con el 18%.
En cuanto a las licencias, han de obtenerse siempre que haya modificación estructural o de fachada del inmueble, para los casos de reforma decorativa, es decir, cambiar azulejos, solados, etc., en la que no se tocan elementos estructurales, se procede a la actuación comunicada (EN MADRID).
Saludos.
Saludos.

